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Tribunal revoca suspensión a la Reforma Eléctrica, AMLO toma delantera

torres energía eléctrica

Se revoca por unanimidad la suspensión definitiva con efectos generales que se hacía otorgado a la Reforma a la Ley de la Industria Eléctrica.

Lo anterior lo determinó el Segundo Tribunal Colegiado Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones.

Los tres magistrados integrantes del Tribunal Colegiado estuvieron de acuerdo en la decisión de revocar la suspensión definitiva por considerar que las reformas a la Ley de la Industria Eléctrica, por sí mismas, no causaban ningún daño a los particulares y que para que se mostrara que puede causarlo, es necesario que se aplicara.

Hay todavía suspensiones con efectos generales.

El criterio utilizado fue que es una norma que por su mera entrada en vigor no causa daño. Esto puede afectar casos similares, sin que sea normativo en otros casos para establecer criterio.

La Secretaría de Energía por su parte dijo que la revocación se debió a que algunos efectos y facultades de la reforma son actos inciertos en cuanto a procedimientos, trámites, revisión de contratos y revocación de permisos.

En otras palabras, que mientras no se aplique en la práctica no hay manera de ver si dañan a particulares.

Abundó en el asunto al decir que la Reforma no establece obligaciones inmediatas y directas que puedan ser suspendidas, mucho menos con efectos generales.

En todo caso, opinan, los quejosos puede promover un nuevo amparo en contra de nuevos actos de aplicación que los afecten. Esos actos de afectación, en caso de existir podrían entonces suspenderse.

efd

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