El Consejo Consultivo hace un llamado al INAI para iniciar el proceso necesario para garantizar el derecho a la protección de datos personales del comunicador Carlos Loret de Mola.
Dicho proceso contempla la posible aplicación de medidas cautelares y sanciones para el presidente López Obrador; las cuales podrían ser desde una amonestación pública hasta el pago de la multa máxima correspondiente a 144 mil pesos.
Está establecido, según las leyes mexicanas, que la autoridad tiene la obligación de resguardar los datos personales de los ciudadanos; es por ello que se considera una falta administrativa grave el que un funcionario público use, sustraiga, divulgue o altere los datos de una persona a los que, por su trabajo dentro del gobierno tenga acceso.
Cabe recordar que el pasado viernes y el día de ayer, el presidente Andrés Manuel López Obrador dio a conocer contenido que muestra los supuestos ingresos del periodista Carlos Loret de Mola.
Llamado al INAI
A través de un oficio, el Consejo Consultivo hace un llamado al INAI para que se inicie el proceso de verificación de datos ante las autoridades y sujetos que tuvieron participación en la divulgación de los datos personales del comunicador.
De igual manera, se hace la petición para considerar las medidas cautelares inmediatas necesarias; lo anterior si se admite algún tipo de daño inminente o irreparable en materia de protección de datos personales. También se pide la aplicación de medidas de apremio y sanciones para asegurar que la ley se cumpla.
“Este Consejo recomienda al INAl que comunique a los sujetos obligados que deberán tratar los datos personales de acuerdo con los principios y deberes contenidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley de Protección de Datos Personales, y abstenerse de dar a conocer datos personales e información confidencial que se encuentre bajo su custodia, o a los cuales tengan acceso o conocimiento con motivo de su empleo, cargo o comisión”.
Para finalizar, el Consejo hace una recomendación al INAI para comunicar a los sujetos obligados, así como a la ciudadanía en general que, en eventos de este tipo, se iniciarán los procedimientos de verificación correspondientes; se ordenarán medidas cautelares y se impondrán medidas de apremio y sanciones para asegurar así el cumplimiento de la Ley de Protección de Datos Personales.
Medidas de apremio ¿en qué consisten?
Según la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública existen dos medidas de apremio:
- Amonestación pública o
- Multa, que puede ir de ciento cincuenta hasta mil quinientas veces el salario mínimo general vigente en el área geográfica que se trate.
Esto quiere decir en este caso, multa de entre 14 mil 433 pesos y hasta los 144 mil 330 pesos.
¿Qué es y cómo se integra el Consejo Consultivo del INAI?
El Consejo Consultivo está integrado por diez consejeros honoríficos que representan organizaciones de la sociedad civil y la academia. Son nombrados por el Senado de la República tras una convocatoria pública que se dirige a instituciones académicas, de investigación, asociaciones. También a colegios de profesionales y sociedad en general.
En este momento el Consejo lo integran:
- Nuhad Ponce Kuri (Presidenta)
- Claudia Alonso Pesado
- Francisco Ciscomani Freaner
- Alejandro Navarro Arredondo
- Rodrigo Navarro Vega
- Gabriel Torres Espinoza
- Marcela Trujillo Zepeda
- Miguel Ángel Vázquez Placencia.
El Consejo Consultivo se considera un órgano plural, honorífico y ciudadano que se crea por disposición constitucional. Participa en forma conjunta y coordinada en la promoción de los derechos de acceso a la información pública y de protección de datos personales. Ayuda a fortalecer las funciones del INAI y su relación con la sociedad.
La formación del Consejo Consultivo tiene como objetivo garantizar la igualdad de género y la inclusión de expertos en materia de transparencia, acceso a la información pública, protección de datos personales, así como de los derechos humanos.
El Consejo sesiona de manera ordinaria y extraordinaria, basa sus tomas de decisión en mayoría de votos; esto de conformidad con lo dispuesto por la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, es Estatuto Orgánico del Instituto y sus propias Reglas de Operación.




