Senado analizará reforma antilavado: dará superpoderes a la UIF contra delincuencia organizada; bancos deberán monitorear a políticos.
El Senado alista sendas modificaciones a la ley antilavado para dar mayores facultades a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP). Esto, a fin de que ponga la lupa en el financiamiento al terrorismo y redes del narcotráfico.
Incluso, la reforma busca algo que no prosperó durante la creación de esta ley en 2011 durante el sexenio de Felipe Calderón. Ordenar que los partidos políticos y sindicatos entreguen a la UIF avisos en caso de sospecha de actividades de blanqueo de dinero.
El presidente de la Comisión de Justicia del Senado, Javier Corral, circuló a los senadores el proyecto de dictamen de una iniciativa que presentó en octubre del 2024 para actualizar la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, a fin de cumplir con recomendaciones emitidas por el Grupo de Acción Financiera (GAFI).
En enero se llevó a cabo un parlamento abierto sobre este tema. Corral Jurado dijo que Morena busca que esta reforma sea aprobada en la comisión y el pleno del Senado antes de que concluya el periodo de sesiones a finales de este mes.
Cambios significativos
El proyecto de dictamen introduce cambios significativos en la responsabilidad penal y el papel de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF). Este, en la lucha contra el lavado de dinero y el financiamiento al terrorismo.
Se le reconoce como víctima en los delitos de lavado de dinero en los que se utilicen servicios de instituciones del sistema financiero. Lo que asegura su participación activa en las investigaciones y procesos penales.
Debido al choque que se ha acusado desde hace varios años entre la UIF y la Fiscalía General de la República (FGR), la reforma obliga a la fiscalía a dar aviso a la UIF cuando detecte un delito de lavado de dinero, para recabar la denuncia y ejercer acción penal. Esto, a fin de identificar redes criminales, recuperar activos y evitar la impunidad.
Se elimina la obligación del Ministerio Público de demostrar dolo específico para sancionar la presentación de información falsa, alterada o ilegible por parte de sujetos obligados de presentar avisos de actividades sospechosas. Así como la modificación de información o documentos destinados a ser incorporados en los avisos.
Incorporan a partidos y sindicatos
Con una adición al artículo 51 de la ley, la propuesta plantea que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, local, municipal y de las demarcaciones de la Ciudad de México, así como los organismos constitucionales autónomos y empresas públicas del Estado proporcionarán a la Secretaría de Hacienda, la información, datos, imágenes y documentación a la que tengan acceso y que les sea requerida en el ejercicio de sus atribuciones.
El INE será el encargado de proporcionar la información que se requiera de los partidos políticos. Ya sean nacionales y locales, agrupaciones políticas nacionales, coaliciones, precandidaturas, candidaturas independientes y de partido.
A su vez, las secretarías del Trabajo y Previsión Social, federal y locales, serán las encargadas de proporcionar la información de los sindicatos y sus dirigentes.
En tanto, Pemex, será la responsable de proporcionar a Hacienda la información que tenga. Esto, conforme a sus facultades y le sea requerida por la Secretaría de Hacienda en el ejercicio de sus atribuciones.
Por último, se incorpora en la ley la definición de Persona Políticamente Expuesta (PEP). Esto, para obligar a las instituciones financieras a identificar y monitorear las operaciones con estos clientes.
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