El Pleno del Máximo Tribunal recibió la consulta extraordinaria que presentó su Ministro Presidente acerca de si es o no constitucional el artículo de la llamada “Ley Zaldívar” que alarga su mandato.
El artículo en cuestión es el décimo tercero transitorio de la Reforma Judicial
El cuestionario que recibieron los Ministros consta de cuatro preguntas, a saber:
1. Ante la posible inconstitucionalidad del artículo Décimo Tercero transitorio del Decreto de reformas, ¿qué determinación debe adoptar el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación?
2. ¿Puede el Pleno de la Suprema Corte pronunciarse sobre la constitucionalidad de normas generales que pudieran afectar la autonomía e independencia del Poder Judicial de la Federación o de alguno de sus órganos, fuera de un medio de control constitucional promovido por parte legitimada?
3. En su caso, ¿qué mayoría se requiere para invalidad o inaplicar una norma general? ¿Basta la mayoría simple o se requiere una mayoría calificada de ocho votos?
4. ¿El contenido del artículo Décimo Tercero Transitorio del Decreto de reformas es acorde con los artículos 97 y 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos?
Es oportuno mencionar que el artículo 97 establece que cada cuatro años, el Pleno elegirá de entre sus miembros al Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el cual no podrá ser reelecto para el período inmediato posterior.
El periodo del ministro Zaldívar debería terminar en 2022, la reforma dice que sería hasta el 2024.
Arturo Zaldívar dijo la semana pasada que no se excusará de participar en la consulta y que emitirá su voto al igual que el resto de las y los ministros.
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