El INE consideró indebidas las aportaciones de Mariana Rodríguez por medio de fotografías y videos en sus redes sociales a la campaña de su esposo.
Fueron ocho los votos a favor y tres en contra, pero el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) decretó que el gobernador electo de Nuevo León, Samuel García, tiene que pagar 448 mil 995 pesos como consecuencia de haber recibido aportaciones económicas en especie por parte de su esposa, la influencer Mariana Rodríguez, sin que se reportaran.
El Consejo General del INE analizó la propuesta de la Unidad de Fiscalización de contabilizar 45 fotografías y mil 300 historias en videos de Mariana Rodríguez puestas en sus redes como “aportaciones prohibidas en especie”.De acuerdo con la autoridad electoral el monto total de sus publicaciones fue de 27.8 millones de pesos, esto porque el costo comercial unitario de las fotografías fue 40 mil pesos y de 20 mil la historia en Instagram.
A quienes la determinación seguramente les cayó como un balde de agua fría es a los miembros de Movimiento Ciudadano, por la misma razón el partido político recibió una multa de 55 millones 400 mil pesos.
La explicación
Para los consejeros, los servicios empresariales de Mariana Rodríguez fueron puesto al servicio de la campaña de Samuel García, lo que está prohibido.
El consejero Ciro Murayama explicó que no es un tema de parentesco o matrimonio.
Mariana Rodríguez tiene actividad empresarial y desde 2018 registró su nombre como marca y se registró como persona física con actividad empresarial en el SAT.
Ella puso sus servicios publicitarios y su cuenta de Instagram, que tiene una función empresarial pues es generadora de dinero, al servicio de la campaña de Samuel García. Debió ser reportado como gasto de campaña, ya que representó un beneficio para él.
Murayama ejemplificó que si un candidato tiene un familiar abogado o cantante o con una imprenta y usara sus servicios para una campaña electoral tendría que reportarlos y pagarlos, sin importar la relación de parentesco.“Si aparece con un cantante, aunque el cantante sea su hermano, no importa la relación familiar, las relaciones familiares no son parte de la legislación electoral. La ciudadana (Rodríguez) cobra por hacer campañas publicitarias a través de las redes. E hizo una campaña publicitaria, es decir dedicó su capacidad empresarial a una campaña política y eso es lo que se debió haber reportado y contabilizado”, explicó Murayama
“Ahí está el problema. Que el negocio se puso al servicio de la campaña”.
Por su parte el consejero Sergio Gutiérrez afirmó que el amor no puede ser un pretexto para violar la ley. Aclaró que la ley no prohíbe el amor, la ley lo que sanciona es no reportar el gasto o recibir aportaciones de entes prohibidos.
Más aún, el prestador del servicio debe cobrarlo, no puede donar la actividad a la que se dedica. Está prohibido.
Si quien tiene una imprenta regala impresos, rompe la ley, pero si el mismo impresor paga la renta de un camión para que lleve simpatizantes y muestra la factura como donación, eso sí está permitido.
Así las cosas, en el caso no importa el parentesco, sino el hecho.
Lorenzo Córdova dijo que el debate que se quiere poner en consideración de si en este caso se cosifica a la mujer o si es violencia política contra la mujer es falso; pues no se impidió que Rodríguez apareciera en espectaculares, eventos de campaña y spots de García. Ni se limitó su libertad de expresión.
Señaló Córdova: “Hay quien ha llegado a acusar de que en este tema se está cosificando a la mujer. Se ha hablado de violencia de género. Pero de lo que es verdadero punto de discusión se ha hablado poco. Lo cual evidencia que nadie ha leído o no se conoce este proyecto”.
“Esa es la fuente de su ingreso, ahí está registrada en el SAT, para eso registró su nombre. Su nombre es parte de su ingreso. Su actividad comercial en sus redes es una actividad empresarial por concepto de venta de publicidad”.
El punto central del tema es que Rodríguez usó su actividad empresarial y su cuenta de Instagram, que no es privada, sino que es su fuente de ingresos y tiene un carácter publicitario, para beneficiar la campaña de García; y eso no se reportó como aportación en especie, como la ley lo exige.
A esta opinión se sumaron las consejeras Claudia Zavala y Adriana Favela. Ellas coincidieron en que el tema de este asunto no es el matrimonio, sino un negocio. En este caso, una cuenta de Instagram, misma que se puso al servicio de una campaña electoral.
Hay quienes no coincidieron
Pero para Dania Ravel y José Roberto Ruiz Saldaña el proyecto elaborado por la Unidad Técnica de Fiscalización es deficiente y cosifica a la mujer.
“Es establecer el criterio de que un cónyuge no puede ser parte de la vida política de su pareja”, apuntó la consejera Ravel.
En opinión de Ruiz Saldaña: “El proyecto es deficiente. No se analiza lo suficiente, como que ella no podría escindir su situación laboral. No se analiza en su propio contexto que es una mujer empoderada mediáticamente”, aseveró Ruiz Saldaña.
A través de su cuenta de Twitter, Samuel García Sepúlveda expresó su malestar en contra de la multa, asegurando que todas sus acciones y propagandas fueron hechas con estricto apego a la ley electoral.
Mariana Rodríguez, por su parte, acusó violencia política de género en su contra por parte del INE.
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