objeción de conciencia en aborto

La mayoría de los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avala el derecho a la objeción de conciencia, lo que incluye el tema del aborto, y declararon que no es una restricción al derecho a la salud.

La figura establece que el personal de salud puede negarse a practicar procedimientos, entre ellos la interrupción legal del embarazo. La excepción la constituye cuando se trate de urgencias médicas o esté en riesgo la vida de la persona.

Durante la sesión del Pleno de la Corte, el ministro Luis María Aguilar Morales afirmó que esta figura es una cuestión individual que los médicos ejercen con base en su libertad religiosa e ideológica.

Al ministro presidente de la Corte, Arturo Zaldívar, pareció no estar de acuerdo con que se incluyera la libertad religiosa como elemento del derecho a la objeción de conciencia.

Pero la postura del ministro Aguilar Morales por avalar este derecho resultó ser de la opinión de otros siete integrantes del Pleno. Con ello se consiguió un total de ocho votos favorables.

Asimismo, por unanimidad, el Pleno reconoció que esta figura no restringe el derecho a la salud porque existen limitantes a ejercer este derecho como el del peligro a la vida y la urgencia médica.

La sesión del Pleno se levantó sin que se concluyera el análisis.

Como se recuerda, hace apenas unos días, en la sesión del Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación se declaró inconstitucional penalizar el aborto en la primera etapa del embarazo.  Con lo que se reconoció así el derecho a decidir por parte de la madre o la persona gestante.

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