Afirma la Fiscalía General de Justicia del Estado de México que no hay delito que perseguir en el caso de Octavio Ocaña.
Luego de las pruebas periciales así lo confirmó la Fiscalía del estado.
De manera que los dos acompañantes del malogrado joven actor quedaron en libertad, al no existir pruebas que los vinculen con la muerte del actor. En el mismo caso están los policías que persiguieron en auto de en el que viajaba Ocaña y sus dos acompañantes.
Una vez que se cumplieron las 48 horas de ley luego de la detención y tras realizarse las diligencias correspondientes; se determinó que no había elementos para imputarles algún delito a ninguna de las cuatro personas.
La autoridad mexiquense apuntó que el actor Octavio Ocaña, de 22 años de edad, perdió la vida por un impacto de arma de fuego en la cabeza mientras conducía una camioneta. Misma que que se encontró en la autopista Chamapa-Lechería, a la altura de la colonia Prados Iztacala en el municipio de Atizapán de Zaragoza.
Se refirió que tanto Ocaña como sus acompañantes habían estado consumiendo bebidas embriagantes y cuando circulaban por calles de Cuautitlán Izcalli policías municipales les marcaron el alto; sin embargo, el actor aceleró la marcha de la camioneta para evitar su detención.
“Accidentalmente Octavio ‘N’ disparó a sí mismo el arma de fuego que tenía en la mano derecha. La bala le impactó en la cabeza y por esta lesión perdió la vida cuando se le trasladó al hospital para recibir atención médica”, se lee en el comunicado de la Fiscalía.
A continuación se transcribe el comunicado completo emitido por la Fiscalía:
El comunicado
Fiscalía General de Justicia del Estado de México
La Fiscalía General de Justicia del Estado de México llevó a cabo diversos dictámenes periciales respecto al fallecimiento de un individuo de 22 años de edad, identificado como Octavio N, el cual perdió la vida por un impacto de arma de fuego en la cabeza mientras conducía una camioneta, misma que fue hallada en la autopista Chamapa-Lechería, a la altura de la colonia Prados Iztacala en el municipio de Atizapán de Zaragoza.
El Ministerio Público llevó cabo entrevistas a los dos sujetos que viajaban con Octavio N,; en particular quien iba en el asiento del copiloto refirió que habían estado consumiendo bebidas embriagantes y cuando circulaban por calles de Cuautitlán Izcalli policías municipales les marcaron el alto, sin embargo, Octavio N aceleró la marcha de la camioneta para evitar ser detenido. Esto provocó una persecución que se extendió hasta la autopista Chamapa-Lechería.
Este sujeto declaró que en un momento de esta persecución el conductor sacó de la guantera de la camioneta un arma de fuego; la cual empuñó en la mano derecha, mientras conducía con la izquierda y mantenía su huida. Cabe señalar que durante esta persecución la camioneta se impactó con diversos vehículos
Los dictámenes
Los dictámenes periciales realizados señalan lo siguiente:
1. La prueba pericial de balística practicada al arma de fuego que portaba Octavio N arrojó que ésta corresponde a un calibre .380, y tenía dos cartuchos útiles.
2. En la inspección a la camioneta fue localizado un casquillo percutido, mismo que de igual manera fue sometido a la prueba de balística antes referida y ésta determinó que fue disparado por el arma de fuego calibre .380 ya mencionada.
3. Estos indicios balísticos encontrados y analizados han permitido establecer que la bala por la cual perdió la vida Octavio N fue disparada por el arma de fuego calibre .380, a corta distancia.
4. El dictamen de mecánica de hechos refiere que durante su huida el conductor perdió el control; salió de la cinta asfáltica y se impactó sobre su parte delantera derecha; en este momento y a consecuencia de la dinámica de este percance el conductor presumiblemente accionó el arma de fuego que portaba en su mano derecha.
5. El disparo del arma produjo en Octavio N una lesión con características de orificio de entrada ubicado en parietal derecho y orificio de salida en parietal izquierdo, en ángulo ascendente. De la trayectoria de la bala se desprende que ésta fue disparada desde el interior del vehículo y por la persona que la portaba.
6. En su declaración ante el Ministerio Público, uno de los policías municipales que viajaban en la unidad oficial que realizaba la persecución de la camioneta que conducía Octavio N, declaró que luego del impacto de ésta, él y su compañero se acercaron a la unidad y encontraron en el asiento del conductor a una persona con una lesión en la parte derecha de la cabeza; misma que se encontraba aún con vida y empuñaba un arma de fuego en la mano derecha; por protocolo esta arma le retiró al conductor, para posteriormente ponerla a disposición del Ministerio Público con la debida cadena de custodia.
7. Los policías municipales que realizaban la persecución aseguraron a los otros dos sujetos que viajaban en la camioneta señalada y solicitaron el apoyo de cuerpos de emergencia para trasladar al lesionado a un hospital.
8. El dictamen de toxicología realizado a la persona fallecida determinó positivo a alcohol; con presencia de etanol por arriba del punto de corte (80mg/ml), con una concentración de 143/mg/dl; de igual manera, resultó con presencia de tetrahidrocannabinol por arriba del punto de corte (50ng/ml), la cual fue mayor a 100ng/ml.
9. En la inspección realizada en la camioneta se encontraron tres latas de cerveza vacías; así como una botella de vidrio con etiqueta “José Cuervo Tradicional”, que también estaba vacía.
10. De los resultados de los dictámenes periciales antes descritos, así como de los testimonios ante el Ministerio Público de los acompañantes del occiso y de los policías municipales que realizaron la persecución señalada, se concluye que a consecuencia del impacto de la camioneta, accidentalmente Octavio N disparó a sí mismo el arma de fuego que tenía en la mano derecha, la bala le impactó en la cabeza y por esta lesión perdió la vida cuando era trasladado al hospital para recibir atención médica.
Todas estas pruebas periciales fueron realizadas por la Coordinación General de Servicios Periciales de esta Fiscalía General, con estricto apego a derecho y usando métodos científicos debidamente acreditados
Hasta aquí el comunicado
La familia de Octavio ha manifestado sus dudas sobre la versión de la Fiscalía. Aasí lo dijo su padre Octavio Pérez: “no me voy a quedar con los brazos cruzados porque no soy ningún tonto; y lo que le están sembrando no me interesa, yo voy a hacer que se haga justicia”.
Octavio Ocaña fue sepultado el lunes en un panteón de Villahermosa, en el estado de Tabasco.
