El Gobierno de Tamaulipas recibió una recomendación en la que debe de garantizar el derecho al trabajo digno de las personas privadas de la libertad en los diferentes centros penitenciarios, dijo la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).
La recomendación tiene como finalidad, además, proporcionar información útil que permita a dichas autoridades superar las limitaciones, barreras u obstáculos impuestos a las personas privadas de la libertad en los centros de reclusión. Y contribuir a la implementación de una estrategia que garantice el derecho al trabajo, haciendo realidad con ello la reinserción social.
Recomendación General 44/2021
El organismo dirigió la Recomendación General 44/2021 a las gobernadoras, gobernadores y a la Jefa de Gobierno de la Ciudad de México; a los titulares de las secretarías de Gobernación, Seguridad y Protección Ciudadana, del Trabajo y Previsión Social. Así como del Órgano Administrativo Desconcentrado Prevención y Readaptación Social (OADPRS) y sus homólogas en los estados del país.
Aun cuando la Ley Nacional de Ejecución Penal (LNEP) señala que las personas privadas de la libertad podrán acceder a actividades productivas; así como a derechos laborales, tales como seguros, prestaciones y servicios de seguridad social, cuyo ejercicio sea compatible con su situación jurídica. Y que aquellas se realicen sin discriminación alguna y bajo condiciones de cuidado a la salud. Datos recabados por la CNDH en el Diagnóstico Nacional de Supervisión Penitenciaria (DNSP) establecen que en 15 centros federales concurría la carencia de actividades laborales. Y en el 84% de 165 centros estatales había limitantes para acceder al trabajo por parte de las personas en reclusión.
En su Recomendación General 38/2019, esta Comisión refirió que en el sistema penitenciario existía un bajo impulso a las actividades laborales enfocadas a los ramos industriales o de producción en serie; mientras que las limitaciones y deficiencias en cuanto a infraestructura y equipamiento en diferentes instalaciones penitenciarias del país han contribuido a que ocurran violaciones sistemáticas a los derechos humanos.
La CNDH ha documentado insuficiencia en programas laborales
De este modo, la CNDH ha documentado falta y/o insuficiencia de programas laborales; (que evidencia la necesidad de fomentar la coadyuvancia entre las Instituciones del Estado; centros penitenciarios y sectores empresariales para aprovechar la capacidad productiva de este sector social). Así como desigualdad en las actividades laborales dirigidas a las mujeres; lo que afecta sus posibilidades de acceder a un empleo y a la capacitación para desarrollar el mismo.
A partir de diversas solicitudes de información dirigidas, durante octubre y noviembre del año pasado, a los Sistemas Penitenciarios estatales y al OADPRS; este Organismo advirtió que a nivel nacional, 18 mil 635 personas presas reciben un salario a cuenta de terceros por el trabajo realizado; de ellas, 17 mil 362 son hombres y mil 273 son mujeres; que 43 mil 930 no perciben un salario (42 mil 186 mujeres y mil 744 hombres)
Más de 93 mil ejercen en autoempleo al interior de las cárceles en labores de:
- Tejido
- Carpintería
- Talabartería
- Elaboración de artesanías
- Dibujo
- Pintura
- Bisutería
- Lavandería
- Limpieza de calzado
- Corte de cabello
- Elaboración de alimentos
La información obtenida permitió saber que la mayoría de las entidades federativas expresaron que las personas privadas de la libertad que laboran para terceros; o bien, al interior del centro y que perciben algún salario, no cuentan con ninguna prestación.
En términos generales, la mayoría de los centros penitenciarios del país, tanto federales como estatales, cuentan con al menos un taller para ejercer actividades laborales y un máximo de hasta 21 talleres; en lo relativo a actividades laborales post penales, algunas entidades manifestaron tener convenios con diversas empresas. También con secretarías del Trabajo y Previsión Social para ofertar oportunidades de empleo, pero otras señalaron no contar con dicha posibilidad.
Se implementó un reglamento que haga efectivo el ejercicio del derecho al trabajo
Con base en lo anterior, la CNDH solicita a las autoridades destinatarias de la Recomendación General 44/2021, implementar un reglamentario específico. Esto para que haga efectivo el ejercicio del derecho al trabajo para las personas procesadas y sentenciadas.
De igual forma, implementar programas específicos de capacitación y acceso al trabajo para todas las mujeres privadas de la libertad, con los beneficios en materia de seguridad social y prestaciones establecidos en la ley; construir y/o adecuar estancias infantiles en las que se alberguen mujeres que vivan con sus hijas e hijos menores de edad, mismas deberán estar plenamente equipadas; así como promover actividades de capacitación y empleo para las personas indígenas en su lengua, salvaguardando sus derechos las equipadas.
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Fomentar la adopción de ofertas de empleo y capacitación para las personas con discapacidad; vigilando que los talleres o espacios laborales en las diferentes cárceles cuenten con un diseño universal accesible. Y facilitar el acceso de las personas mayores privadas de la libertad a oportunidades productivas, garantizando los beneficios provistos en las leyes en esta materia.

