Ante la tremenda polémica que se ha generado, el TEPJF señala que el INE no tiene las facultades para suspender la revocación de mandato.
Otra vez parece que el órgano electoral tiene más críticas ante su polémica decisión de suspender la consulta de AMLO. Y es que la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) señala que el INE no posee las facultades para determinar la suspensión de la consulta de revocación de mandato.
Durante lo que fue la última sesión pública de este 2021, el TEPJF echó para atrás el acuerdo del Consejo General del INE que habría suspendido el proceso de revocación de mandato. El instituto electoral votó a favor de esta suspensión luego de que se le aplicara un recorte de varios millones de pesos en el Presupuesto de Egresos de la Federación 2022 (PEF).
Según se aprobó en la reunión, el INE tendrá que adecuar su presupuesto para realizar la consulta de revocación de mandato. Sin embargo, en caso de no ser suficiente, los magistrados en el TEPJF también apuntaron que el órgano electoral podría pedir una ampliación presupuestal. Dicha petición se vincularía para cumplir con esta sentencia y este mismo sentido.
Uno de los magistrados del TEPJF, Felipe Fuentes Barrera, declaró que el INE no tenía las atribuciones para poder suspender esto y señaló que la falta de presupuesto no era suficiente.
«La insuficiencia presupuestal no es una razón válida prevista en la normativa», subrayó el magistrado.
Adicional a esta decisión del tribunal electoral, también se desechó el recurso que presentó la Consejería Jurídica de la Presidencia. Según los magistrados, el mandatario López Obrador no tiene legitimación activa que lo faculte para cuestionar este acuerdo del INE.
Y aunque este reclamo del presidente quedó sin efecto, la voluntad del TEPJF parece que obligará al INE a llevar a cabo dicha consulta.
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