El estado de Oaxaca en una decisión de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Fedeación (TEPJF) abre la puerta al reclamo de Susana Harp por la candidatura.
La Sala Superior del TEPJF revocó una parte de la determinación del Tribunal local de Oaxaca; dicha parte está relacionada con la posible existencia de violencia política de género en contra de la senadora Susana Harp. Lo anterior, durante el proceso de selección interna en el que fue electo Salomón Jara como candidato de Morena a la gubernatura de esa entidad.
Además, ordenó remitir al Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), para que resuelva mediante procedimiento especial sancionador lo conducente; esto según el proyecto de acuerdo del magistrado Felipe de la Mata Pizaña que discutirá el pleno en su sesión pública del próximo 30 de marzo.
La legisladora Harp ha dejado claro su interés de conocer si la designación del candidato de Morena a la gubernatura oaxaqueña se definió por paridad. “Es lo único que pido saber”, ha comentado. La candidatura todavía está sin definrse.
En el texto se dice que “Los agravios son parcialmente fundados, porque si bien Morena cumplió formalmente el principio de paridad, también es verdad que carece de mecanismos normativos internos para lograr la paridad sustantiva con un enfoque de transversalidad para las candidaturas a gobernador o gobernadora”.
En Morena no existen los mecanismos normativos
Se menciona que en Morena no existen mecanismos normativos que prevean qué se debe hacer ante este tipo de casos. Lo anterior, para cumplir su deber de garantizar la paridad sustantiva través de criterios de competitividad y transversalidad; especialmente para las candidaturas a gobernador o gobernadora.
Se dice en el texto que lo anterior “constituye una razón suficiente para que esta Sala Superior ordene acciones concretas para garantizar que en procesos futuros se garantice la paridad formal y material”, porque los partidos políticos no se deben constreñir al cumplimento de la paridad formal o cuantitativa, sino que deben buscar la forma idónea de lograr la paridad sustantiva.
En razón de estos hechos; es que se ordenó a Morena que a más tardar al inicio del próximo proceso electoral para gubernaturas defina reglas claras; en las que precise cómo aplicará la transversalidad o competitividad a fin de garantizar la paridad sustantiva.
Y vinculó al Instituto Nacional Electoral (INE) para que supervise que el partido político emita dichas reglas de paridad sustantiva; esto aunado a que deberá verificar que, en los registros de sus candidaturas, cumpla tales criterios.
El proyecto del magistrado ponente va en el sentido de que “Se revoca parcialmente la determinación del Tribunal local, relacionada con la posible existencia de VPG en contra de la actora (Susana Harp)”.
