Tras darse la votación de la Ley Eléctrica, algunos senadores de oposición llaman a la SCJN a resolver las contradicciones de la legislaciónTras darse la votación de la Ley Eléctrica, algunos senadores de oposición llaman a la SCJN a resolver las contradicciones de la legislación

Tras darse la votación de la Ley de la Industria Eléctrica, algunos senadores de oposición llaman a la SCJN a resolver las contradicciones de esta legislación.

Continúan las controversias en el legislativo por las legislaciones en materia eléctrica. En esta ocasión, luego de presentarse una votación para la Ley de la Industria Eléctrica, senadores de oposición activan la acción de inconstitucionalidad y llaman a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para resolver estas contradicciones. Esto se hizo a través de un escrito urgente que se se presentó ante la Corte.

Para representar a los legisladores, el senador Emilio Álvarez Icaza afirmó que ocho ministros y ministras fueron los que se pronunciaron por contra algunos aspectos de la Ley de la Industria Eléctrica; específicamente en los artículos 3, fracción XIV y 26 de dicha legislación. Sin embargo, criticaron al ministro presidente, Arturo Zaldívar, pues apuntaron que este ‘encaminó’ a que se desestimara la votación de este asunto.

Todo esto se derivó de que se generaron dos votaciones entre los ministros. Por un parte, una de estas fue para analizar asuntos de competencia y por otra trataban asuntos relacionados con el medio ambiente.

Ante esto, fueron ocho los ministros que se pronunciaron contra la constitucionalidad de los dos artículos mencionados anteriormente. Sin embargo, la confusión llegó cuando al dividir los artículos en dos debates se realizaron votaciones distintas y ahí hubo siete votos por la inconstitucionalidad de estos artículos.

Esto generó gran controversia de si hubo mayoría o no la hubo y ha generado que los senadores de oposición quieran destacar este aspecto. Por ello han citado un artículo de la Ley Reglamentaria del artículo 105 constitucional que dice:

“La Suprema Corte de Justicia de la Nación podrá fundar su declaratoria de inconstitucionalidad en la violación de cualquier precepto constitucional; haya o no sido invocado en el escrito inicial”, establece el artículo.

Ante esto, queda esperar a ver la respuesta que da la SCJN sobre esta petición de los legisladores de oposición.

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