El secretario del Ayuntamiento de Ciudad Madero, Juan Antonio Ortega Juárez, calificó de «irresponsable» la llamada falsa de auxilio que hicieron tres jóvenes para alertar a las autoridades de Playa Miramar sobre una persona que presuntamente se había lanzado al mar, provocando la movilización de diversas corporaciones de seguridad.
El funcionario señaló que los llamados de broma al número de emergencias pueden derivar en consecuencias para los responsables. Sin embargo, indicó, esperarán a que las autoridades en Ciudad Victoria, capital de Tamaulipas, investiguen lo sucedido en Playa Miramar.
«Lo que nos toca ahora a nosotros es dar parte a la seguridad pública del estado, para que identifique las llamadas falsas y de broma para que haya sanciones», explicó Ortega Juárez.
Detalló también que, por responder a un llamado de broma, los servicios de emergencias pueden dejar a un lado situaciones que realmente tenga importancia atender.

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El Código Penal de Tamaulipas establece multas de hasta 60 mil pesos y sentencias de entre siete y 10 años en prisión para personas que se comuniquen al 911 para reportar emergencias falsas.
De acuerdo con el artículo 172, «Comete el delito de ataques a las vías de comunicación y utilización
indebida de los sistemas de auxilio a la población:
- El que por cualquier medio reporte hechos falsos a los elementos de los policías estatales o municipales, cuerpo de bomberos, personal de instituciones públicas o privadas que presten servicios de emergencia o protección civil, que impida o cause un perjuicio o trastorno que afecten el buen funcionamiento de dichos sistemas».
Asimismo, el código penal tamaulipeco indica que «al responsable del delito previsto en el artículo anterior, se le impondrá una pena de tres a siete años de prisión y multa de treinta a cincuenta veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA)».
Y si la comisión del delito se realiza por pandilla, asociación delictuosa o el autor del delito se ostenta por cualquier medio como miembro de la delincuencia organizada, se impondrá una sanción de cinco a 10 años de prisión y multa de doscientas a seiscientas veces el valor de la UMA.

