La Consejería Jurídica de la Presidencia de la República presentó este lunes una impugnación ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) contra la suspensión del llamado «Plan B» electoral, otorgada al Instituto Nacional Electoral (INE) por el ministro Javier Laynez.
El comunicado del Gobierno Federal considera que la SCJN debió de haber desechado la controversia constitucional, presentada por el organismo electoral hace unas semanas, pues «el artículo 105, fracción I, de la Constitución prohíbe al máximo tribunal tramitar este tipo de controversias constitucionales en contra de leyes electorales».
Asimismo, acusó que la suspensión del «Plan B» electoral vulnera el artículo 14 de la Ley Reglamentaria de las fracciones I y II del artículo 105 de la Constitución mexicana. «El Poder Judicial también tiene límites en su actuar, los cuales están enunciados expresamente en la Constitución y en las leyes que emite el Poder Legislativo», expuso la Consejería Jurídica.

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Esta impugnación en contra del «Plan B», impulsado por Andrés Manuel López Obrador, pretende que «el máximo tribunal constitucional revoque, tanto la admisión, como la suspensión de las leyes electorales aprobadas por el Congreso de la Unión, y así preservar los equilibrios entre los Poderes de la Unión».
Tras darse a conocer la suspensión de la totalidad de la propuesta que reforma, adiciona y deroga diversas leyes electorales, los integrantes del Consejo General del INE determinaron, por unanimidad, suspender los trabajos de implementación de la reforma electoral en espera a que el Máximo Tribunal resuelva de manera definitiva la controversia constitucional que interpusieron.
Argumentando arbitrariedades y violaciones a la Constitución, la Consejería Jurídica del Gobierno Federal informó el pasado 26 de marzo que impugnaría la suspensión del “Plan B” de la reforma electoral y acusó al ministro Laynez Potisek de haber arrancado “hojas de la Constitución”.
También manifestó que resulta preocupante que la determinación ordene la suspensión de la totalidad de la iniciativa electoral, pues la controversia presentada por el Instituto Nacional Electoral sólo contempla las normas que podrían afectar la operatividad del organismo autónomo.

