El proceso interno con el que Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) elegirá a su «coordinador de la Cuarta Transformación» (4T) recibió el visto bueno de la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE). Sin embargo, los consejeros validaron una serie de reglas con la finalidad de que las llamadas «corcholatas» no caigan en violaciones a la ley electoral.
De acuerdo con el INE, presidido por Guadalupe Taddei, los aspirantes no deberán utilizar sus discursos y mensajes para llamar a la ciudadanía al voto, conseguir respaldo para postularse a un cargo de elección popular, o manifestar expresiones con finalidad electoral. Por otro lado, Morena estará obligado a llevar un control de los recursos destinados a financiar los «recorridos» de los participantes.
Claudia Zavala, consejera presidente de la Comisión, aseguró que el INE valora los derechos internos de los partidos, pero que también le corresponde evitar la vulneración de principios electorales.
«La propuesta que se está formulando es no parar (el proceso interno de Morena), pero sí poner las condiciones requeridas para que no se vaya a incurrir en el desarrollo en actos de precampaña o campaña, y así se genera el esquema en el que se están dando las reglas», explicó.

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Sergio Gutiérrez Luna, representante del partido presidencial ante el INE, acusó a la consejera de tener «intereses personales» para sancionar a Morena. Sin embargo, los consejeros Arturo Montaño y Rita Bell rechazaron el señalamiento al considerar que está alejado «de la realidad».
“La recusación está alejada de la realidad, partidos deben ver que somos un colegiado. Es indebido que se acuse o se señale sin que se presente prueba alguna”, manifestó Montaño.
Entre las reglas establecidas por la Comisión de Quejas y Denuncias del INE para el proceso interno destaca el respeto a los tiempos que marca la ley electoral para la selección de candidaturas, y que los candidatos de Morena ajusten su actuar a las siguientes acciones:
- Los discursos y mensajes que realicen no deberán contener directa y explícitamente llamados expresos al voto en contra o a favor de persona o fuerza política alguna.
- Los actos que realicen las personas involucradas no deben tener como objetivo el obtener el respaldo para ser postuladas como precandidatas a un cargo de elección popular.
- La propaganda que, en el caso, se exponga en los actos que se realicen no debe tener el propósito de dar a conocer propuestas relacionadas con alguna aspiración de carácter electoral. Por el contrario, la misma deberá contener, de forma clara y visible el proceso al que va dirigida, es decir, al proceso de selección de la Coordinación de Defensa de la Transformación.
- En ningún momento deberán presentar plataforma de un partido político o coalición o promover a una persona para obtener una precandidatura o candidatura para contender en algún proceso de carácter electoral.
- En general, no deberán realizar manifestaciones explícitas o inequívocas respecto a una finalidad electoral, esto es, que se llame a votar a favor o en contra de una precandidatura o candidatura o partido político, se publicite una plataforma electoral o se posicione a alguien con el fin de obtener una precandidatura o candidatura.
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- No podrán utilizar prerrogativas de acceso a tiempos de radio y televisión, para dar difusión al proceso de selección del coordinador o coordinadora de la 4T o, de las personas que participen en el mismo.
- Morena y todas las personas que participen como aspirantes para la selección de la Coordinación de Defensa de la Transformación, deberán proporcionar al INE, de manera semanal, un calendario que deberá contener los recorridos de trabajo y actividades que tengan programadas para realizar la siguiente semana.
- Al tratarse de actividades partidistas de carácter ordinario, se deberá llevar un control de los recursos que utilice, tanto el partido como todas y cada una las personas que participen como aspirantes para la selección de la Coordinación de Defensa de la Transformación, para que, en su momento, cumpla con sus informes del gasto ordinario, conforme a sus obligaciones que tiene en materia de fiscalización.

