hasta 34.3 millones de pesos a cada aspirante

Autoriza el Instituto Nacional Electoral un gasto de hasta 34.3 millones de pesos a cada aspirante a la candidatura presidencial.

Lo anterior, lo dio a conocer el INE como parte de las reglas sobre los gastos de presidenciables de la 4T y de la oposición. Cada uno de los aspirantes a la candidatura presidencial tendrá como tope de gasto 34.3 millones de pesos. Así lo estableció el INE.

Aplica tanto a los aspirantes de Morena y partidos afines a la 4T, como del Frente Amplio por México.

El documento detalla que los límites del financiamiento privado en dinero o especie son los siguientes:

  • Individual por persona inscrita, 2 millones 148 mil 166 pesos
  • Individual por militantes o simpatizantes, 537 mil 41 pesos.

Asimismo, plantea permisividad a los funcionarios contendientes pues no les serán aplicables restricciones de participación. Sea a quienes estén inscritos en los procesos de la 4T o de la oposición.

Se dice que las personas servidoras públicas podrán asistir a los eventos de Procesos Políticos en días inhábiles. Aclara que su participación no debe incluir elementos de naturaleza electoral o equivalentes y se abstendrán de tener participación activa y preponderante en el evento del que se trate.

Las reglas del INE sobre gastos

Los rubros que serán considerados como gastos son los siguientes: 

  • sueldos de personal eventual
  • materiales y suministros
  • operativos
  • viáticos
  • propaganda institucional y utilitaria en vía pública, diarios, revistas y medios impresos
  • salas de cine, internet y redes sociales.

Queda prohibido utilizar tiempos de radio y televisión, así como la contratación por sí o terceras personas para difundir mensajes relativos a los procesos políticos. 

No se permiten donativos o aportaciones en dinero o especie provenientes de funcionarios, dependencias, órganos autónomos, partidos o políticos extranjeros, organismos internacionales, ni personas extranjeras.

Así mismo, el INE certificará la propaganda de espectaculares, vehículos del transporte público y en la pinta de bardas. Señaló que la que ya está identificada se tendrá que retirar.

Sólo podrán contratar bienes y servicios a empresas del catálogo del registro nacional del INE. De no ocurrir así, las transacciones serán calificadas como “gasto no comprobado”  y se dará vista a las autoridades correspondientes.

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