Autoriza el Instituto Nacional Electoral un gasto de hasta 34.3 millones de pesos a cada aspirante a la candidatura presidencial.
Lo anterior, lo dio a conocer el INE como parte de las reglas sobre los gastos de presidenciables de la 4T y de la oposición. Cada uno de los aspirantes a la candidatura presidencial tendrá como tope de gasto 34.3 millones de pesos. Así lo estableció el INE.
Aplica tanto a los aspirantes de Morena y partidos afines a la 4T, como del Frente Amplio por México.
El documento detalla que los límites del financiamiento privado en dinero o especie son los siguientes:
- Individual por persona inscrita, 2 millones 148 mil 166 pesos
- Individual por militantes o simpatizantes, 537 mil 41 pesos.
Asimismo, plantea permisividad a los funcionarios contendientes pues no les serán aplicables restricciones de participación. Sea a quienes estén inscritos en los procesos de la 4T o de la oposición.
Se dice que las personas servidoras públicas podrán asistir a los eventos de Procesos Políticos en días inhábiles. Aclara que su participación no debe incluir elementos de naturaleza electoral o equivalentes y se abstendrán de tener participación activa y preponderante en el evento del que se trate.
Las reglas del INE sobre gastos
Los rubros que serán considerados como gastos son los siguientes:
- sueldos de personal eventual
- materiales y suministros
- operativos
- viáticos
- propaganda institucional y utilitaria en vía pública, diarios, revistas y medios impresos
- salas de cine, internet y redes sociales.
Queda prohibido utilizar tiempos de radio y televisión, así como la contratación por sí o terceras personas para difundir mensajes relativos a los procesos políticos.
No se permiten donativos o aportaciones en dinero o especie provenientes de funcionarios, dependencias, órganos autónomos, partidos o políticos extranjeros, organismos internacionales, ni personas extranjeras.
Así mismo, el INE certificará la propaganda de espectaculares, vehículos del transporte público y en la pinta de bardas. Señaló que la que ya está identificada se tendrá que retirar.
Sólo podrán contratar bienes y servicios a empresas del catálogo del registro nacional del INE. De no ocurrir así, las transacciones serán calificadas como “gasto no comprobado” y se dará vista a las autoridades correspondientes.
