Dictan nueva suspensión a obras del Tren Maya en Tramo 5 Sur de Playa del Carmen a Tulum por violentar autorización de impacto ambiental.
Una nueva suspensión definitiva, dictada por el Juzgado Primero de Distrito, con sede en Mérida, Yucatán, ordena el freno de las obras del Tren Maya en el Tramo 5 Sur, que va de Playa del Carmen a Tulum, en tanto se dicta la sentencia como parte del juicio de amparo 821/ 2022.
En esta suspensión, el juez Adrián Fernando Novelo, advierte que, de mantener los trabajos de construcción en ese tramo, “se causarían daños de difícil reparación que podrían ser irreparables”.
El juzgador, además, confirma que el gobierno federal, a través de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), Fonatur Tren Maya y las empresas a cargo de la ejecución de las obras, han violentado la autorización de impacto ambiental expedida por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), en junio del 2022. Esto, al realizar actividades que les fueron prohibidas.
“Ante el riesgo de que, no solo se sigan cometiendo las acciones prohibidas en el permiso ambiental, sino que tampoco se puedan reparar los daños ecológicos causados, en esta etapa procesal tenga que tomar la decisión de conceder la medida precautoria que se solicita. En aras de salvaguardar el medio ambiente de la zona afectada”. Así se lee en el incidente de suspensión del pasado 13 de junio.
La conclusión del juez se basa en un informe remitido por la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa). Este, acerca del incumplimiento con la condicionante 26 del resolutivo de impacto ambiental.
Informe de Profepa
El informe se desprende del recorrido de inspección realizado del 19 de febrero al 5 de marzo por el derrame de cemento en cavernas diversas.
Lo encontrado por la Profepa –según su informe– fueron camiones revolvedores realizando el lavado de la olla revolvedora en sitios “no autorizados”. Así como derrame de cemento en cavernas Garra de Jaguar, X’tun, Manitas “o Oppenhimen (sic) y Ocho Balas (o dos balas)”.
También se mencionan cubiertas “en proceso de oxidación en un tiro vertical sin nombre”; el colapso de techo o bóveda de un cenote sin nombre; la modificación de topoforma de las cavernas por las perforaciones del material pétreo para la construcción de pilotes; y la extracción de agua sin contar con autorización de la autoridad competente.
Además, el “relleno y sepultamiento con material pétreo de cavernas sin nombre, ubicada a la altura del cenote Manitas. Y restos de material pétreo derivados de perforación dispuestos en el manto acuífero de una caverna.
En junio del 2022, la Semarnat prohibió en su autorización de impacto ambiental el vertimento de material producto de cortes y excavaciones de las obras o actividades en zonas de escorrentías superficiales o sitios que sustenten vegetación forestal, así como verter o descargar cualquier tipo de materiales, sustancias o residuos contaminantes o tóxicos que puedan alterar las condiciones de escorrentías.
Prohibió también “tapar, rellenar, obstruir: cenotes, cavernas, dolinas, poljes, arroyos, ríos” dentro del Sistema Ambiental Regional.
Te puede interesar: [Video] Xóchitl Gálvez anuncia cierre de ciclos con el PAN y PRI

