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La autodenominada Cuarta Transformación (4T) modificará la propuesta que establece como improcedentes las controversias constitucionales o acciones de inconstitucionalidad que busquen controvertir las adiciones o reformas a la Constitución Política.

El senador Adán Augusto López Hernández informó que la propuesta para modificar la Constitución no incluirá los cambios al artículo primero, que planteaba que en ningún caso pueden ser inaplicadas las normas relativas a los derechos humanos por medio del control de convencionalidad.

Por ello, las comisiones unidas de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos solo se enfocarán en la discusión de los artículos 103, 105 y 107 constitucionales, que tienen que ver solamente con la reforma al Poder Judicial.

Se trata de establecer en la Constitución Política lo que dispone la fracción I del artículo 61 de la Ley de Amparo, en el sentido de que el juicio de amparo es improcedente contra adiciones o reformas a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, como lo detalló el senador tabasqueño.

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Se prevé que Morena y sus aliados aprueben estos cambios para que la iniciativa se apruebe en el Pleno del Senado de la República mañana o a más tardar la próxima semana, con votos en contra de la oposición del PAN, PRI y MC.

«Anoche revisamos y estudiamos si jurídica y políticamente era conveniente entrar en estos momentos en un debate relativo a lo propuesto en el artículo primero de la Constitución y una de las reservas que vamos a proponer y seguramente retiraremos, es la propuesta en cuanto a la modificación del artículo primero de la Constitución, específicamente a la inconvencionalidad de las leyes».

El senador morenista explicó que solo se van a limitar al 103, 105 y 07 constitucionales relativos al Poder Judicial «y vamos a retirar la parte que corresponde a la convencionalidad de la ley, pues de lo que se trata es que, lo que ya está en la Ley de Amparo, ahora este en la Constitución».

También señaló que hay jueces y magistrados que han intentado impedir la implementación de la reforma judicial, a pesar de que la Ley de Amparo menciona que no es procedente el juicio de amparo contra reformas constitucionales o en materia electoral.

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