Tras la revisión del proceso, el Tribunal Electoral declara como no procedente e invalida la consulta de revocación de mandato por votos insuficientes.
Se da la confirmación de que no será vinculante la consulta del 10 de abril. Tras la revisión del ejercicio de participación ciudadana, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación afirma que la consulta de revocación de mandato no será vinculante y la invalida por votos insuficientes.
Según lo que señalaba la ley, se requería de un 40 por ciento de participación en el padrón electoral para considerar a esta consulta como procedente. Sin embargo, al solo alcanzar cerca de un 17 por ciento, se decretó que este proceso no logró cumplir con los requisitos constitucionales para emitir una declaratoria de validez.
Desglosan la participación de la consulta
A través de una sesión solemne, en donde estuvo presente el presidente de la Suprema Corte, Arturo Zaldívar, y el Secretario de Gobernación, Adán Augusto López, se dio a conocer datos específicos y finales de la consulta. Entre ellos se destacó que la participación total final fue de 16.5 millones de votos.
De estos, 91.8% votaron a favor de que AMLO siga hasta el 2024, 6.4% voto por que se le revoque del cargo y el 1.7% de los votos fue nulo. Pero a pesar de estos resultados, se reiteró que nada de esto será vinculante al no alcanzar el umbral necesario para la declaratoria de validez.
Otra situación que trascendió fue que, previo a dicha sesión, algunos magistrados apuntaron que la consulta estuvo marcada por diversas «irregularidades»; las cuales no ayudaron a su legitimidad. Sin embargo, estos mismo declararon que no se le podía hacer inválida por esto al no lograr ser vinculante por insuficiencia de votos.
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