consulta sobre el Ejércitoconsulta sobre el Ejército

Luego de que Andrés Manuel López Obrador (AMLO) propusiera realizar una consulta para definir la permanencia del Ejército en las calles hasta 2028, José Ramón Cossío, ministro en retiro, recordó en redes sociales que ésta vulneraría la Constitución, pues el artículo 35 establece que los temas de seguridad pública no pueden someterse al voto popular.

Durante su mañanera de este viernes, y a pesar de que el resultado no ifluiría en el destino de las Fuerzas Armadas, el presidente adelantó que la Secretaría de Gobernación (SEGOB) estaría a cargo de la consulta, no el Instituto Nacional Electoral (INE).

De acuerdo con el ministro en retiro, el artículo 35 protege el derecho de los mexicanos a la libre asociacipon, votar, tomar las armas para defender al país, derecho de petición, entre otros. Por otro lado, la fracción VIII de este artículo establece el derecho a votar en las consultas populares convocadas por el Ejecutivo Federal, el 33% de los integrantes de las Cámaras de Diputados o de Senadores o los ciudadanos.

Sin embargo, el numeral 3° de esta fracción prohíbe someter a votación popular temas de seguridad nacional y la organización, funcionamiento y disciplina de la Fuerza Armada permanente.

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La Constitución señala: «No podrán ser objeto de consulta popular la restricción de los derechos humanos reconocidos por esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, ni las garantías para su protección, los principios consagrados en el artículo 40 de la misma, la permanencia o continuidad en el cargo de los servidores públicos de elección popular, la materia electoral, el sistema financiero, ingresos, gastos y el Presupuesto de Egresos de la Federación, las obras de infraestructura en ejecución, la seguridad nacional y la organización, funcionamiento y disciplina de la Fuerza Armada permanente».

Por ello, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) debe decidir sobre la constitucionalidad de la materia de la consulta; según el artículo 35, corresponde al INE organizar, difundir, desarrollar, computar y dar la declaración de resultados.

A pesar de que una de las dos consultas impulsadas por López Obrador desde el 2018 contempla uno de los temas prohibidos por la constitución, la permanencia en el cargo de los servidores públicos de elección popular, una de ellas, el ejercicio de revocación de mandato, contó con la aprobación de la Corte.

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